Los trabajadores deben exigir un marco legal que impida la destrucción de puestos de trabajo como moneda de cambio del capital. Ese marco debe establecer que, en caso de cierre o abandono patronal, se active automáticamente un protocolo de auditoría de la plusvalía acumulada.
La cuestión es simple: si una empresa ha sido rentable durante años, si ha generado beneficios extraordinarios, si el capitalista ha acumulado riqueza a costa del trabajo vivo, entonces esa plusvalía no puede ser utilizada como excusa para cerrar y desaparecer. El empresario no puede declarar una quiebra, o un cierre por jubilación o desinterés después de haberse enriquecido durante décadas y dejar a los trabajadores sin salida.
La legislación debe establecer que, cuando la plusvalía total extraída a lo largo de la vida de la empresa supere el coste histórico de su constitución y mantenimiento, los trabajadores tendrán derecho a la continuidad de la explotación sin asumir deuda alguna. El capital ha sido ya compensado con creces. La empresa, como organismo productivo, no le pertenece ya por derecho histórico: le pertenece a la sociedad que la ha hecho funcionar
